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- POLIGONO RIFONDO

- LUNES - 220107


Dan comienzo las obras de urbanización del nuevo polígono industrial de Rifondo


La superficie de actuación total asciende a 267.287 metros cuadrados de los que 137.655 metros corresponden a suelo industrial de propiedad municipal. Los terrenos se encuentran a continuación del polígono Tejerías, y han sido adquiridos por un total de 21 empresas, con parcelas desde los 2.523 metros cuadrados a los 10.400, de las 26 en las que se compone el número total de parcelas del Polígono

 

- La nueva superficie industrial está ubicada junto al Polígono Tejerías -

Han dado comienzo las obras de urbanización del Polígono Industrial Municipal de Rifondo, ejecutadas por la empresa constructora Pontigo S.A. y cuyo presupuesto consignado dentro del capítulo de inversiones de los Presupuestos Municipales del 2007 asciende a 270.000 euros. La superficie total del polígono, ubicado a continuación del Polígono de Tejerías, es de 267.387 metros cuadrados de los que 137.655 metros cuadrados corresponden al suelo industrial de propiedad municipal. El número total de empresas que han adquirido estas parcelas, cuyas condiciones de segregación fueron aprobadas en la Junta de Gobierno Local del día 26 de Septiembre del 2005, han sido 21, siendo las superficies variables desde los 2.523 metros cuadrados hasta los 10.400 metros las de mayor envergadura, de un número total de 26 parcelas disponibles en el polígono. El tipo de actividad de estas empresas es también diverso: decoración, calzado, construcción, moda, montajes eléctricos, alimentación, etc. ya que no se establece la obligación de destinar las parcelas a ninguna actividad industrial, comercial o de servicios concreta, sino a cualquier actividad empresarial cuyo uso sea compatible con el destino urbanístico del suelo, según reza en las condiciones básicas establecidas. Los adjudicatarios, a su vez, asumen el compromiso de construir en el plazo de 3 años al menos el 40% de la superficie de la parcela, una vez concluidas las obras de urbanización. Entre las condiciones urbanísticas establecidas figura el coeficiente neto de edificabilidad de la parcela, que se sitúa en 0,80 metros cuadrados tejado/ metros cuadrados de suelo, la superficie mínima de la parcela, que es de 2.500 metros, y el frente mínimo de la parcela que se fija en 35 metros. Las condiciones de edificación sitúan la distancia mínima de la edificación al frente de la parcela en 12 metros y a los restantes linderos en 6 metros, la altura máxima reguladora se fija en 10 metros, permitiéndose por encima de esta altura la cubierta inclinada y/o elementos técnicos, la edificación máxima de dos plantas cuya altura libre en la oficina será de 2,70 metros y la cubierta unitaria con las mismas pendientes y alturas.

 


 

 
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